Esta nueva normativa exigirá de forma obligatoria para el veterinario el envío de información, en formato 100% electrónico, de sus recetas con medicamentos antibióticos a sistemas informáticos del MAPA (Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación) o de las autoridades competentes en la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la explotación a la que va destinada la prescripción. Será obligatorio proporcionar la información requerida por el Real Decreto independientemente de si la receta es ordinaria o excepcional o de si se trata de una receta física en papel, informatizada o electrónica. Será el veterinario prescriptor el responsable del envío con una periodicidad al menos mensual de dicha información.