Además aporta novedades al documento para la simplificación del programa:
- Nueva definición de remuneración adicional (Article 6.2.A)
- Mayor flexibilidad en los costes directos de personal elegible (Article 6.2.A.2)
- Posibilidad del uso de costes unitarios para el uso de servicios propios (Article 6.2.D.5)
- Nuevo tipo de terceras partes (international partner) para dar cabida a organizaciones de terceros países (art.14a)
Se puede consultar la nueva versión del MGA en este enlace. Además se ha publicado un documento con información para remuneración adicional. Estos cambios se aplican con carácter retroactivo a los proyectos de Horizonte 2020 que estén activos.