Beneficiarios:
Los organismos de investigación, así como las universidades públicas y privadas, siempre que desarrollen su actividad en Aragón y contraten personal investigador predoctoral en formación, conforme a los siguientes criterios de valoración:
- El expediente académico y el contenido científico del currículum vitae del personal investigador redoctoral en formación:- El expediente académico se valorará hasta un máximo de 65 puntos, obtenidos del producto de la nota media (en escala de 0 a 10) del expediente académico completo. El contenido científico del currículum vitae del personal investigador predoctoral en formación se valorará hasta 5 puntos.
- El interés científico que pueda tener para la Comunidad Autónoma de Aragón la investigación a desarrollar por el personal investigador predoctoral en formación. (Hasta 15 puntos).
- La capacidad formadora del equipo investigador al que pertenezca el director de investigación del personal investigador predoctoral en formación (hasta 15 puntos).- El currículum vitae del director de la investigación, considerando la capacidad formativa del director (Hasta 10 puntos). Historial del equipo investigador al que esté adscrito el director de investigación (hasta 5 puntos).