Los proyectos deben estar en el TRL 3-6 (prueba de concepto experimental - tecnología demostrada en un ambiente relevante)
Requisitos MINECO:
Los investigadores principales españoles deben ser elegibles en la convocatoria APCIN 2017 o su equivalente y haber tenido experiencia como investigadores en proyectos financiados en convocatorias del Plan Nacional I+D+i 2008-2011, del Plan Estatal I+D+i 2013-2016, del Consejo de Investigación Europeo (ERC), del Programa Marco de Investigación o en proyectos internacionales relevantes. Tomando como referencia la convocatoria APCIN 2016 los proyectos serán ejecutados por un equipo de investigación dirigido por un único investigador principal que deberá cumplir los requisitos que se citan a continuación:
Requisitos Solicitantes: Entidades de investigación sin ánimo de lucro según la convocatoria de APCIN 2017 o su equivalente. Tomando como referencia la convocatoria APCIN 2016 podrán ser beneficiarios de las ayudas las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España.
Requisitos ISCIII:
El IP y todos los miembros del grupo de investigación deben pertenecer a una entidad elegible o ser afiliados al CIBER, CIBERNED o a un IIS. Sólo será admitida una solicitud por IP.
No podrán ser IP: Profesionales que estén realizando la Formación Sanitaria Especializada (FSE). Investigadores que se encuentren en formación (por ejemplo, los estudiantes de doctorado, o en los contratos "Río Hortega"). Investigadores contratados por una RETICS o una CONSOLIDER. Investigadores en formación post-doctoral (por ejemplo, contratos "Sara Borrel" o contratos "Juan de la Cierva")
Requisitos Solicitantes:
Las dos últimas únicamente podrán participar como coordinadores de la propuesta.
Requisitos Consorcio: Será necesaria la formación de consorcios trasnacionales constituidos por entre tres y cinco entidades pertenecientes, al menos, a tres países distintos (Países participantes: Bélgica (sólo la parte franco parlante), Canadá (Quebec), Estonia, Francia, Grecia, Alemania, Irlanda, Israel, Italia, Letonia, Lituania. Holanda, Noruega, Polonia, Rumania, Eslovaquia, España, Taiwan, Turquía.). El número máximo de entidades podrá aumentar hasta siente en casos excepcionales, siempre y cuando no participen más de dos entidades pertenecientes a un mismo país. En los consorcios deberán estar representados, al menos, dos de los tres sectores participantes (académico, clínico y empresarial).
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