• Estas ayudas pretenden dos objetivos: 1.La acreditación de unidades de investigación como «centros de investigación singulares de Galicia» o bien como «agrupaciones estratégicas consolidadas» según sus capacidades y el resultado del proceso de evaluación en concurrencia competitiva que se desarrolle al amparo de esta convocatoria. 2. La financiación de sus proyectos estratégicos de investigación, durante el período 2016-2019, para fortalecer sus capacidades científicas; potenciar el liderazgo internacional de la investigación gallega; impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación, atracción e incorporación de talento; incrementar la masa crítica de personal investigador; y actuar como agentes tractores en el Sistema gallego de I+D+i.
• Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las ayudas de esta orden las universidades del SUG y las destinarán a los centros singulares de investigación y a las agrupaciones estratégicas consolidadas, de acuerdo con la categoría que obtengan las propuestas presentadas en esta convocatoria.
• Requisitos: Las solicitudes que presenten las universidades deberán cumplir en la fecha de cierre de la convocatoria los siguientes requisitos:
1. Que la propuesta presentada esté conformada por una unidad supragrupal que hubiese obtenido financiación como agrupación estratégica en una convocatoria de concurrencia competitiva de la Xunta de Galicia anterior a 1 de enero de 2014.
2. Que las dependencias de la unidad de investigación estén perfectamente delimitadas, identificadas y físicamente diferenciadas en el seno de las propias universidades y localizadas en Galicia.
3. Que presenten sus proyectos estratégicos de investigación con base en hipótesis que podrán ser formuladas durante la vigencia de la ayuda, siempre con el acuerdo favorable de la Secretaría General de Universidades, y que incluirán los contenidos que se detallan en el artículo 8 de esta orden.
• Dotación económica: Las ayudas serán de aplicación por un período de 4 anualidades según la siguiente distribución por modalidades y años:
Modalidad A: centros singulares de investigación: una cuantía máxima de 400.000 € en la primera anualidad y de 800.000 € en la segunda, tercera y cuarta, para cada uno de los centros singulares de investigación que se constituyan con cargo a estas ayudas.
Modalidad B: agrupaciones estratégicas consolidadas: una cuantía máxima de 200.000 € en la primera anualidad y de 400.000 € en la segunda, tercera y cuarta, para cada una de las agrupaciones que se concedan con cargo a estas ayudas.
• Documentación:
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: Presentación de la unidad de investigación. Resultados 2013-2015. Proyecto estratégico de investigación 2016-2019.
• Información a las personas interesadas:
Sobre este procedimiento administrativo, que tiene el código indicado en el anexo II, se podrá obtener información adicional en la Secretaría General de Universidades, a través de los siguientes medios: Página web de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (www.edu.xunta.es), en su epígrafe de la Secretaria General de Universidades; En los teléfonos de la Secretaría General de Universidades; En la dirección electrónica promocioncientifica.educacion@xunta.gal ; Personalmente; En la guía de procedimientos y servicios administrativos en la dirección sede.xunta.es
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