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Publicada la convocatoria Retos-Colaboración 2016

Resolución de 30 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada del año 2016, para la concesión de las ayudas correspondientes a la convocatoria Retos-Colaboración del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016
Período: 09/02/2016 - 07/03/2016 Entidad Financiera: Ministerio de Economía y Competitividad - MINECO Tipo de ayuda: Convocatorias - Subvención y préstamo   Más información

El objetivo es fomentar la orientación de la investigación científica, desarrollada en universidades y organismos públicos de investigación, y de las actividades de I+D+I empresariales hacia la resolución de los problemas y necesidades presentes y futuras de nuestra sociedad, en consonancia con los retos contenidos en la Estrategia Española y el esquema de la Unión Europea reflejado en «Horizonte 2020».

La convocatoria Retos apoyará a proyectos en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

Entidades beneficiarias son Organismos públicos de investigación; universidades públicas; Institutos de investigación sanitaria; Otros centros públicos de I+D; Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal; Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D; Otros centros privados de I+D. Centros con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal; Empresas; Asociaciones empresariales sectoriales; las agrupaciones de interés económico no podrán ser beneficiarias de estas ayudas

El presupuesto mínimo del proyecto será de 500.000 euros; Los proyectos deberán ser plurianuales, parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016 y se deberá solicitar ayuda para el año 2016. Como mínimo acabarán el 31 de diciembre de 2017 y como máximo acabarán el 31 de diciembre de 2019; El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa (El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado; La participación mínima por entidad será del 10 % del presupuesto total del proyecto).

Es obligatorio que se solicite ayuda en todas las anualidades en las que se ha incluido presupuesto. Como mínimo se deberá presentar presupuesto y solicitar ayuda en una anualidad. No se admitirá la participación en un consorcio de entidades que no soliciten ayuda, o que no necesiten ayuda para la realización de la actividad, para que la agrupación cumpla con los objetivos del efecto incentivador indicados en el artículo 13. La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser superior al 60% del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70% de dicho presupuesto.

Entre los costes financiables se incluyen: costes de personal propio: investigadores, técnicos y personal auxiliar, tanto del personal propio de la entidad como nuevas contrataciones. Las horas de trabajo financiadas deberán dedicarse exclusivamente al proyecto; En el caso de los aparatos y equipos solo serán financiables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, tanto de los aparatos y equipos nuevos como usados; Patentes. Se financiarán los gastos de solicitud de las patentes generadas por el proyecto. Este coste no será financiable a las grandes empresas.

Las ayudas a la financiación de las actuaciones previstas en la presente convocatoria revestirán la forma de préstamo, anticipo reembolsable FEDER y subvención

Dotación económica:586.400.000,00€
99.400.000,00€ en subvención
487.000.000,00 euros en anticipo reembolsable FEDER y préstamo

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias. El presupuesto financiable por empresa y proyecto se limitará a un máximo de 15 millones de euros.

La determinación del tipo de ayuda concreta otorgada a cada entidad beneficiaria se realizará en base a los siguientes criterios:

Las entidades pertenecientes al sector público recibirán ayuda en forma de subvención. Las Universidades Públicas y los OPIs recibirán ayuda en forma de subvención y Anticipo Reembolsable FEDER.
Los organismos de investigación privados: subvención.
Las empresas pertenecientes al sector privado: sólo podrán obtener ayuda en forma de préstamos, con la excepción indicada en el artículo 9.2 para el año 2016 

Los préstamos tendrán las siguientes características:
Tipo de interés: se utilizará como referencia el Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil.
Plazo fijo de carencia: 3 años.
Plazo máximo de devolución: 7 años.
Plazo máximo de amortización: 10 año
El importe máximo del préstamo podrá cubrir hasta el 95% del coste financiable del proyecto, respetando los límites de intensidad de ayuda establecidos en el apartado 4.

La intensidad de ayuda máxima para las empresas: Para las pequeñas empresas : será del 60%; Para las medianas empresas: será del 50%; Para las grandes empresa0073:será del 40%

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