Se conceden las trece becas convocadas a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I, por haber obtenido la mayor puntuación, de conformidad con los criterios de valoración fijados en la Orden de las bases reguladoras de las mismas y en la Resolución de convocatoria. En los casos en que un solicitante haya quedado en la primera posición de valoración de varias de las becas, se ha procedido a la concesión de la que haya designado por orden de prioridad en su solicitud.
De no aceptar la beca de forma expresa en este plazo se le tendrá por desistido, teniendo el mismo efecto que una renuncia expresa, siguiéndose el procedimiento con el candidato suplente que corresponda.
Doptación económica de cada beca: 1.669,63 euros/mes
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