Concesión de ayudas de una duración de cinco años para su contratación laboral y una financiación adicional para la ejecución de la actividad de investigación que se realice y, por otra parte, la concesión de ayudas para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente para su posterior incorporación en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Dotación económica: Contratación de doctores. Ayuda por contrato: 33.720€ + 40.000€ para gastos de investigación en los cuatro primeros años.La retribución mínima de los investigadores será de: 31.600 €/brutos año. Ayuda para la creación de puestos de trabajo permanente: 100.000 € por plaza
Estas ayudas van dirigidas a promover la incorporación de investigadores nacionales y extranjeros con una trayectoria destacada en centros de I+D mediante, por una parte, la concesión de ayudas para su contratación laboral y, por otra parte, la concesión de ayudas para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente para su posterior incorporación en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación beneficiarios de estas ayudas.
La selección se fundamenta en un riguroso proceso de concurrencia competitiva de los candidatos en base a sus méritos curriculares y en base a su capacidad para liderar una línea de investigación, en función de la experiencia científica y profesional así como de la independencia de su trayectoria.
Objetivos específicos y actividades que se financian
Beneficiarios
Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001. Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D. Centros Tecnológicos de ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.
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