Convocatoria cuyo objeto es la financiación de la participación de entidades españolas integrantes de consorcios que hayan concurrido previamente en convocatorias conjuntas europeas o internacionales en las que participa el Ministerio de Economía y Competitividad y que se relacionan en el anexo I de la convocatoria.
Los proyectos serán dirigidos por un único investigador principal. Podrán ser investigadores principales: Doctores; En el caso de los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica, también podrán ser investigadores principales los titulados superiores que acrediten su experiencia en actividades de I+D+I durante al menos cinco años o, alternativamente, que hayan dirigido proyectos de investigación de carácter equivalente a los del Plan Nacional de I+D+i 2008-2011 o el Plan Estatal de I+D+I 2013-2016, durante al menos tres años.
El investigador principal deberá cumplir los siguientes requisitos: Tener una vinculación que cubra, al menos, el plazo de ejecución del proyecto. Contar con una jornada laboral a tiempo completo o a tiempo parcial de un mínimo de 800 horas anuales
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
a) Organismos Públicos de Investigación.
b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
c) Otros centros públicos de I+D.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.
e) Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros.
Las solicitudes se presentarán electrónicamente. El plazo de presentación de solicitudes será único para las acciones a realizar por el investigador principal y por el representante legal de la entidad solicitante.
Con carácter previo a la presentación de la solicitud, el Representante Legal de la entidad solicitante deberá estar inscrito en el Sistema de Entidades (SISEN), en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
El investigador principal deberá cumplimentar el formulario electrónico de la solicitud y actuará como interlocutor con el ministerio a efectos de comunicaciones.
Dotación Económica: No se especifica. Las ayudas de esta actuación consistirán en subvenciones, no pudiendo ser cofinanciadas con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.
La evaluación de las solicitudes se realizará en una única fase, según los criterios de evaluación siguientes:
- Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta (40%)
- Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación (20%)
- Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta (40%)
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