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Concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y de «Unidades de Excelencia María de Maeztu»

Resolución de 2 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2015 para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y de «Unidades de Excelencia María de Maeztu», del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Período: 07/07/2015 - 29/07/2015 Entidad Financiera: Ministerio de Economía y Competitividad - MINECO Tipo de ayuda: Convocatorias - Subvención Beneficiarios: entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación,incluidas en la lista   Más información

Finalidad: es doble. En primer lugar, contempla el reconocimiento de los mejores centros y unidades que destacan por el impacto y relevancia internacional de los resultados obtenidos durante el período anterior de referencia. En segundo lugar, esta convocatoria contempla la financiación de los planes estratégicos elaborados por los centros y de los programas estratégicos de investigación elaborados por las unidades para el período 2016-2019 con el objetivo de consolidar sus capacidades científicas y contribuir al liderazgo de la investigación española.

Actuaciones: La primera dirigida a centros de investigación y la segunda dirigida a unidades de investigación
Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación, y que estén incluidas en la siguiente relación:

a) Organismos públicos de investigación.
b) Universidades públicas y privadas, siempre que éstas últimas certifiquen los resultados de sus actividades económicas de forma independiente. C
) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Otras entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen, con medios propios, actividad de I+D definida en sus estatutos como actividad principal y generen conocimientos científico-técnicos de alto impacto. Los solicitantes deberán ser centros y unidades de investigación científica del sector público ya existentes, con un liderazgo científico contrastado a nivel internacional por sus avances en la frontera del conocimiento, que hayan contribuido al desarrollo de una sólida base de conocimiento científico-técnico en sus respectivos ámbitos de especialización y que destaquen, además, por sus capacidades formativas de alto nivel, y actúen actuando como polos de atracción de talento a nivel internacional.

Solicitudes: Cada solicitud se referirá únicamente a un centro o unidad. Una misma entidad podrá presentar solicitudes distintas para los centros o unidades pertenecientes a su organización que cumplan los requisitos. No obstante, para un mismo centro, solamente se admitirá una solicitud.
La presentación de la solicitud se realizará por parte del director científico del centro o unidad y por el representante legal de la entidad solicitante, quien deberá completar la presentación de la solicitud con su firma electrónica.
La solicitud, dirigida al órgano instructor, se presentará a través de la aplicación electrónica disponible en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación. El director científico del centro o unidad cumplimentará el formulario electrónico de la solicitud y adjuntará los ficheros electrónicos de los documentos exigidos, indicados en la Resolución de Convocatoria. Más información y modelos.

Dotación económica: 2.000.000 ó 4.000.000 €. Centros de Excelencia Severo Ochoa: 4.000.000 €. Unidades de Excelencia María de Maeztu: 2.000.000 €.

Duración: Cuatro años.

Periodo de referencia: Periodo que se somete a evaluación en la memoria de actividades científico-técnicas y que comprende desde el 1 de enero de 2011 al 1 de junio de 2015, salvo que para el cálculo de determinados valores se establezca otra regla.

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