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SEGUNDA Convocatoria Bilateral España-Corea en el marco de EUREKA para la financiación de Proyectos Empresariales de I+D

El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, CDTI (España) y el Korea Institut for Advancement of Technology, KIAT (Corea) lanzan las "Primeras Convocatorias Bilaterales de Colaboración Tecnológica Empresarial España-Corea", dentro del Programa EUREKA y les invitan a presentar sus propuestas.

El presupuesto mínimo elegible por empresa española participante es de 175.000 €. 

Período: 13/05/2015 - 31/08/2015 Entidad Financiera: CDTI Beneficiarios: Empresa/s española/s con acuerdo conjunto de colaboración con las empresas extranjeras participantes en el proyecto.   Más información

Los proyectos Eureka se caracterizan por tener como resultado un producto, proceso o servicio innovador orientado a mercado consecuencia de la cooperación tecnológica de los participantes. 

La Primera Convocatoria se desarrollará en dos Fases:
La Fase I, Presentación de ideas (application form, únicamente) estará abierta hasta el 31 de marzo de 2015. Este documento deberá enviarse a juana.sanchez@cdti.es. (abierta entre el 14 de enero y el 31 de marzo de 2015)
La Fase II, se abrirá tras la evaluación de las ideas presentadas en la Fase I. La presentación de propuestas estará abierta del 1 al 8 de mayo de 2015. La documentación requerida será: (Segunda Convocatoria se abrirá entre el 1 de junio y el 31 de agosto de 2015:

CDTI: Solicitud Eureka (formulario web, application form firmado, borrador de acuerdo de consorcio y memoria Eureka).
KIAT: solicitud Eureka y solicitud de financiación.os proyectos deben tener las siguientes características:


El proyecto debe tener participantes empresariales independientes de ambos países y debe ser relevante para todos los socios (ningún país debe tener más del 70% de presupuesto)

Se permite que los proyectos hagan uso de cualquier área tecnológica y sean de aplicación a cualquier sector del mercado.
Los resultados deben tener fin civil.

El presupuesto debe ser coherente a los desarrollos a realizar y a la capacidad técnica/financiera de los participantes.
Los participantes deben firmar un acuerdo de consorcio que especifique los derechos y obligaciones de las partes respecto al desarrollo realizado y los posibles derechos de propiedad intelectual, explotación y comercialización de los resultados.

 

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