Requisitos de los solicitantes:
Podrán ser entidades beneficiarias de la modalidad Contratos PFIS:
- Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial.
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
- Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS.
- Los OPI (Organismos Públicos de Investigación).
- Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
- Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia vinculados o dependientes de la
- Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos.
- Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
- Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
- Otras unidades de la Administración sanitaria.
Requisitos de los candidatos:
Las personas candidatas deberán estar admitidas o preadmitidas en un programa de doctorado, acreditado oficialmente, para el curso académico 2024-2025 en una universidad española, lo que se podrá acreditar con posterioridad a la solicitud y hasta la fecha de finalización del periodo de alegaciones.
Más información sobre las bases reguladoras en el siguiente enlace.
Dotación económica y duración:
La dotación económica es mínimo de 20.600€/año con una duración de cuatro años.
Solicitudes:
La forma de presentación de la solicitud y restante documentación será exclusivamente mediante la sede electrónica del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII).
Los formularios de solicitud únicamente requerirán la firma del representante legal de la entidad solicitante, quien recabará las firmas del resto de personas interesadas.