Los titulares de explotaciones ganaderas beneficiarios de estas ayudas deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda del Gobierno de Cantabria; ser explotaciones de productores ganaderos en actividad y que las explotaciones tengan la condición de PYMES; hallarse inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas, y que no se trate de una empresa en crisis.
Será gasto subvencionable el pago de los honorarios profesionales al veterinario habilitado o a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera con motivo de la vacunación obligatoria, actuación sanitaria o ejecución de la campaña de saneamiento ganadero.
En el caso de la vacunación de lengua azul, se puede dar el caso de la primo vacunación, consistente en la aplicación de dos dosis espaciadas los días que correspondan según las indicaciones de uso establecidas en la ficha técnica de la vacuna.
También se puede dar el caso de la revacunación, consistente en la aplicación de una única dosis porque el animal ya ha sido vacunado el año anterior y, en consecuencia, hasta que no se realice la pauta completa de vacunación conforme a lo especificado anteriormente, no se dará por finalizada la actuación sanitaria.
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